WEB de CEAPA: ceapa.es


TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

Cómo se constituye la APYMA

La Constitución de una Asociación de Padres y Madres de Alumnado se efectúa mediante acta, en la que se hace constar la voluntad de varios padres y madres o tutores de alumnado de un centro de crear la misma para el cumplimiento de los fines expresados en la normativa que regula dichas asociaciones. Para ello es necesario convocar una Asamblea de todos los padres y madres del Centro donde se discuta y apruebe.


Las Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado asumirán las siguientes finalidades:


Las Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado se rigen por unos Estatutos, que ellas mismas elaboran, y que deberán contener, al menos, los siguientes puntos:

Cómo se legaliza la APYMA

Creada la Asociación de Padres y Madres del Alumnado y aprobados sus Estatutos, hay que proceder a legalizarla ante las instancias competentes. Debemos inscribirnos en dos Registros, en los que obtendremos los correspondientes Números de Registro.

  1. Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra (Departamento de Presidencia, Negociado de Asociaciones) ( C/ Erletokieta, nº 2).
  2. Registro de APYMAS del Departamento de Educación (Servicio de Ordenación Académica e Innovación Educativa) (C/ Santo Domingo, s/n.-PAMPLONA).

Es conveniente registrarse en el Ayuntamiento para poder acceder a las ayudas, si las hubiera.


Para registrarnos como APYMA necesitamos la siguiente documentación:


También hay que solicitar el Código de Identificación Fiscal (CIF), en el Departamento de Hacienda. Para ello hay que presentar los Estatutos legalizados y una copia de los mismos y rellenar un impreso.
Este documento será necesario para abrir la cuenta en el banco, así como para solicitar y justificar las subvenciones.

Baja o disolución de la APYMA

Los Asientos de censo de Asociaciones de Padres y Madres, son de tres clases: De inscripción, Complementarios y de Baja.

INSCRIPCION. Dejaran constancia de la constitución de la APYMA (comentado en apartados anteriores).

COMPLEMENTARIOS:

  1. Los de modificación de Estatutos.
  2. Los de Cambio de domicilio.
  3. Los de incorporación a Federaciones (HERRIKOA).
  4. Incorporación a entidades de carácter internacional.
  5. Los de cambios de miembros de las Juntas.

Cualquier modificación de este punto, se comunicará al Servicio de Ordenación Académica e Innovación Educativa del Departamento de Educación.

BAJA: Se anotarán la disolución de cualquier Asociación y sus causas determinantes.


¿Qué debemos hacer antes de comunicar la Baja o disolución?

  1. Acuerdo de disolución, exponiendo los motivos que nos llevan a ello.
  2. Balance económico (justificación de subvenciones recibidas) y Acuerdo, según Estatutos, de a qué Asociación sin ánimo de lucro, entregaremos el dinero que nos sobra (puede ser a otra Asociación, si os integráis en ella, o también a la Federación "Herrikoa").

Se comunicará al Negociado de Asociaciones del Departamento de Presidencia y al Servicio de Ordenación Académica e Innovación Educativa del Departamento de Educación.


Es necesario comunicar a la Federación la disolución de la APYMA para que se os dé también de baja en ella.
Comprobar que estáis al día en el pago de las cuotas.